DEPARTAMENTO 3 AMBIENTES Con BALCÓN, PATIO Y COCHERA. SUM CON PARRILLA. (FLORES).
Muy Buena Ubicación Sobre QUIRNO al 300, A mts de Av. DIRECTORIO al 3000. (Cerca de Paseo Comercial, Colegios, Bancos y Muchos Medios de Transporte), A 1 Cuadras de Av. SAN PEDRITO al 300, a 3 Cuadras de Estación "SAN PEDRITO" de Subte Línea A y a 6 Cuadras de PLAZA GRAL. PUEYRREDON; Donde también esta la Estación "FLORES" de Tren Línea Sarmiento.
Se Trata de un Departamento de 3 Ambientes. 7MO Piso. Contrafrente. (MUY LUMINOSO).
Palier Privado!!
Patio Propio con Pileta de lavado.
Living Comedor, Con Salida a Amplio Balcón Corrido. (Vista Abierta).
Toillette.
Funcional Cocina Integrada con Muebles de Guardado. Espacio para Lavarropas.
Baño Completo con Bañera.
Habitación Principal con Ventanal y Placard con interiores a medida.
2da Habitación o Escritorio con Ventanal y Placard con interiores a medida.
Sector de Escritorio ante Habitaciones.
1 COCHERA CUBIERTA y OTRA COCHERA DESCUBIERTA (Opcional), Entrada con Portón electrico.
Patio y Balcón con Protección de Red.
Edificio de Categoría, Con Detalles de Calidad.
Camaras de Seguridad.
SUM con Parrilla. Mesa y Sillas.
Terraza Solarium.
Ascensor Moderno. Entrada con Recepción.
Expensas: $295.000.- Aprox.
Hasta 1888, era políticamente un partido rural de la provincia de Buenos Aires, llamado San José de Flores; ese año, fue integrado a la ciudad, ya designada como Capital Federal del país.
Flores era por ese entonces un poblado de quintas (casas de campo) de los vecinos ricos de Buenos Aires. Sobreviven partes de las edificaciones de esas quintas, que albergaron a notables, como al propio gobernador de la provincia Juan Manuel de Rosas, a mediados del siglo XIX. En 1859 se firmó allí el Pacto de Unión Nacional, llamado por ello de San José de Flores, disponiendo la reincorporación del estado de Buenos Aires a la Confederación Argentina.
Corredor Responsable: Ariel Champanier CUCICBA 4330 / Andrea Berré CMCPSI 6763 -
Contacto: Maximiliano Minniti - MLS ID # 181429-449
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Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble no es accesible para personas con discapacidades físicas.